Secretariado de Proyección Social e Igualdad

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Beca de apoyo 2017/2018

 

BASES DE LA CONVOCATORIA DE 1 BECA DE  APOYO PARA Gestión y Servicios en el Secretariado de Proyección Social e Igualdad (curso 2017/2018)

Base 1                Condiciones de los candidatos

-       Estar matriculados en una enseñanza oficial de la Universidad de Zaragoza de grado o demáster universitario.

Quienes debido al calendario de matrícula del curso 2017-2018  no hayan podido formalizar su matrícula en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, deben aportar su compromiso de matrícula junto con su solicitud, según el modelo que se acompaña a la presente convocatoria.

 -        En el caso de estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado, tener aprobado un número de créditos igual o superior a la cuarta parte de los que exija la titulación correspondiente en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes.

 -        No haber sido beneficiario de la misma beca de apoyo en convocatorias anteriores

 -        el periodo previsto de duración de la beca indicado en la Base 2, sumado al que el solicitante hubiera podido disfrutar previamente como becario de apoyo con otra beca, no podrá exceder en su totalidad de 24 meses.

 El incumplimiento de estas condiciones será causa de exclusión del procedimiento de concesión.

Base 2                Duración de la beca

 Las actividades relacionadas con la beca se llevarán a cabo desde el 1 de octubre de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2018. Los candidatos seleccionados deberán mantener la condición de estudiantes en enseñanzas oficiales de la Universidad de Zaragoza durante todo el periodo de duración de la beca.

Este periodo podrá ser prorrogado por un máximo de un año. La prórroga exigirá ineludiblemente la continuación del plan de formación y que el/los beneficiario(s) acredite(n) el cumplimento de las condiciones académicas y de matrícula exigidas en la presente convocatoria. En todo caso, el periodo previsto de duración de la prórroga, sumado al que el estudiante hubiera disfrutado previamente como becario de apoyo —en esta beca o en otras becas de apoyo en la Universidad de Zaragoza—, no podrá exceder de 24 meses.

Base 3                Dedicación

Cada beca supondrá una dedicación de 30 horas semanales.

El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones de la Directora del Secretariado de Proyección Social e Igualdad, y previo acuerdo con los becarios seleccionados, en mañanas y/o tardes. En cualquier caso, y con la finalidad de que los becarios puedan compatibilizar sus horas de clase y de estudio con las de dedicación de la beca, el horario deberá ser flexible.

Base 4       Cuantía

Las becas tendrán una dotación de 600,00€ € brutos mensuales. De este importe se descontará mensualmente desde la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Universidad la cuota del becario a la SS  [6,67€ en 2017] y la retención por IRPF [2% para becas de duración igual o inferior a un año].

Base 5                Actividades a desarrollar

 Los becarios deberán colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con:

- Informar, fomentar y difundir las iniciativas docentes y de investigación desarrolladas en la Universidad de Zaragoza, destinadas a fines solidarios, de justicia social, de igualdad de género de voluntariado, cooperación al desarrollo, etc.


- Apoyar, fomentar y difundir las iniciativas de estudiantes y personal no docente de la comunidad universitaria en el marco de la solidaridad, la cooperación al desarrollo, la igualdad de género y la justicia social.

- Promoción de la igualdad de oportunidades de todas las personas que forman la comunidad universitaria: alumnado, profesorado y personal de administración y servicios.

- Facilitar la formación transversal en igualdad de oportunidades para toda la comunidad universitaria y la sensibilización en todos los sectores universitarios.

- Facilitar a los miembros de la comunidad universitaria, muy especialmente a los estudiantes, actuar como voluntarios en programas propios, o incorporarse a programas de otras organizaciones. 


- Informar sobre acciones, cursos, programas de voluntariado realizados por las Universidades, otras instituciones y ONGs.


- Recoger sugerencias y estudiar las necesidades de trabajo voluntario dentro del campus, y en función de ello organizar programas de voluntariado propios (apoyo a discapacitados, protección ambiental, etc.).

- Mantenimiento y actualización de la página de web del Secretariado, del Observatorio de Igualdad y de sus redes sociales.

Base 6       Plan de formación teórico-práctico y tutor

Los becarios seleccionados recibirán la formación que se detalla a continuación:

La formación estará relacionada con el conocimiento de la organización y funcionamiento de los ámbitos de actuación que son competencia del Secretariado de Proyección Social e Igualdad de la Universidad de Zaragoza, en el marco del Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social, y que son los siguientes: voluntariado universitario, promoción de la igualdad de oportunidades de las personas que forman parte de la comunidad universitaria, campamentos de día y de montaña y Observatorio de Igualdad.

a)      Estructura del Secretariado y del Vicerrectorado

b)     Organización

c)      Funcionamiento y actividades generales

 A tal efecto, les será asignado dos tutores que serán Pilar Arranz Martínez y Emilio Perdices Villanueva

Base 7       Derechos y obligaciones

A los becarios de apoyo les serán de aplicación los artículos 38 y 39 de la normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza.

Base 8       Seguro

Los beneficiarios gozarán del seguro escolar en los términos establecidos por la legislación vigente y del seguro de responsabilidad civil suscrito por la Universidad de Zaragoza para todos los estudiantes matriculados en enseñanzas oficiales. En el supuesto de que no estuvieran protegidos por el seguro escolar, suscribirán un seguro de accidentes en las condiciones mínimas que fije la universidad.

Base 9       Documentación a aportar

·       Impreso de solicitud de beca normalizado, que será facilitado en este enlace

·       Impreso de autorización para recabar datos de naturaleza tributaria debidamente de firmado por los miembros de la unidad familiar [según modelo que se compaña a la convocatoria] y fotocopia del NIF de todos los componentes de la unidad familiar mayores de 14 años  [*]

·       [*] Quienes no aporten esta documentación no serán valorados en el apartado de criterios económicos del baremo recogido en la base 11.

·       En su caso, justificantes de los ingresos percibidos y no declarados fiscalmente

·       Currículum Vitae en el que consten debidamente documentados los méritos que el estudiante desee aportar para su valoración por el órgano de selección: cursos realizados.

·       Proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración [máximo dos folios].

·       Compromiso de matrícula según modelo que se acompaña a la presente convocatoria (obtener aquí)

Base 10              Lugar y plazo de presentación

El impreso de solicitud de beca, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se presentará preferentemente en Registro General de la Universidad de Zaragoza, del 16 de agosto de 2017 al 31 de agosto de 2017.

No obstante, y dentro del plazo indicado, la documentación anterior se podrá presentar en el registro general o en los registros auxiliares de la Universidad de Zaragoza, en el registro electrónico [sede.unizar.es] o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base 11              Criterios de valoración

A.      Nivel de conocimientos técnicos y adecuación al perfil de la beca [40%]

-        Conocimientos a nivel de usuario de programas de ofimática, diseño gráfico, retoque fotográfico y desarrollo web

-        Conocimientos de uso de redes sociales

-        Propuesta del proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración

Asimismo, se valorará positivamente

-        Formación y/o experiencia en ONG´s, asociacionismo, colectivos universitarios

-        Formación y/o experiencia en materia de género

A efectos de comprobación, la comisión de valoración podrá establecer una prueba práctica y/o entrevista

B.      Expediente académico [30%]

C.      Situación económica [30%]

Base 12              Comisión de valoración

Las solicitudes serán valoradas por una comisión de valoración que estará formada por la Vicerrectora del Cultura y Proyección y Social o persona en quien delegue (que actuará como Presidenta de la Comisión), la Directora del Área Social, el Técnico de Proyección Social e Igualdad, el auxiliar administrativo del Área Social o persona en quien delegue, que actuará como secretario, con voz pero sin voto,  y un representante de alumnos en la comisión de selección de becarios del curso 2016/17.

Base 13    Tramitación

La comisión de valoración comprobará que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir al interesado con el fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.  Asimismo, podrá requerir de los interesados la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.

Base 14              Propuesta de resolución

El 08 de septiembre de 2017, la comisión de valoración, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, hará pública a través del  tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] una propuesta de resolución, estableciendo prioridades, al objeto de que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la publicación, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.

La publicación de la propuesta de resolución en los tablones de anuncios indicados, servirá de notificación a los interesados.

Base 15              Resolución definitiva

Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior y a la vista de la documentación aportada, la comisión de valoración dictará resolución definitiva del procedimiento y ordenará su publicación en el  tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ]. La publicación de la resolución definitiva en el tablón de anuncios indicado servirá de notificación a los interesados.

Base 16              Recursos

La resolución dictada por el órgano de selección, podrá ser recurrida ante el Rector de la Universidaden el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Base 17              Designación y credencial de becario

El órgano convocante designará a los becarios a propuesta de la comisión de valoración. A los candidatos designados se les extenderá una credencial de becario.

Base 18              Condición de estudiante durante la beca

Los becarios seleccionados deberán mantener su condición de estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados en una enseñanza oficial de grado o de máster universitario durante todo el periodo de duración de la beca y, en su caso, de la prórroga que se establezca. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la extinción de la beca concedida.

Base 19              Relación jurídica

Las actividades realizadas por los becarios se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de apoyo tendrá efectos jurídicos-laborales entre el becario y la Universidad de Zaragoza.

Base 20              Incompatibilidades

Las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad, concepto y curso académico.

No se podrá percibir en un mismo curso académico más de una ayuda de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior las becas de apoyo en tareas y de gestión y servicios son compatibles con las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza descritas en los Capítulos III, IV y VI de la normativa, así como con las becas del Ministerio de Educación. 

No se podrán compatibilizar dos becas de apoyo de forma simultánea, debiendo el estudiante optar por una de ellas.

Aquellas becas que tengan asignada la dedicación máxima establecida en el artículo 30 de la Normativa, en todo caso, serán incompatibles con cualquier actividad retribuida o ayuda económica que implique la obligación de cumplir un horario o tiempo de dedicación.

Para cualquier casuística sobre compatibilidad de la beca de apoyo no contemplada en los apartados anteriores, se solicitará el reconocimiento o autorización de compatibilidad al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes, previamente al otorgamiento de la correspondiente credencial de becario.

Base 21              Seguridad Social

En el marco regulador del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, los becarios seleccionados quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.

Base 22              Calendario

TRÁMITE

PLAZO

Presentación de solicitudes

Del 16/08/2017 al 31/08/2017

Publicación propuesta de resolución

08/09/2017

Plazo de alegaciones

Del 11/09/2017 al 22/09/2017

Publicación resolución definitiva

26/09/2017

Incorporación

01/10/2017

Base 23               Aceptación y autorización para la obtención de datos.

La presentación de la solicitud implica la aceptación de los términos establecidos en esta convocatoria y la autorización a la Universidad de Zaragoza para verificar en otras instituciones la veracidad de los datos que fueran necesarios.

Disposición adicional única

Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas.