Secretariado de Proyección Social e Igualdad
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A efectos de notificación a los interesados y en cumplimiento de lo establecido en la base 15 de la convocatoria, hecha pública por Resolución del 28 de mayo de 2021 del Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social, se procede a la publicación de la RESOLUCIÓN DEFINITIVA en el tablón electrónico de la Universidad de Zaragoza (e-Touz) y en la página web del Secretariado de Proyección Social e Igualdad (https://politicasocial.unizar.es/)
· Tras la publicación provisional y transcurrido el periodo de alegaciones, en el que Dña. Lucía Blanc Naya presentó una alegación que fue desestimada y comunicado personalmente el resultado a la interesada, se eleva a definitiva la concesión de una beca a D. Manuel Moreno Rodríguez.
· Por acuerdo de la Comisión de Selección y al no haber superado el resto de los candidatos la puntuación de corte propuesta por la comisión de valoración de 40 puntos sobre los 100 posibles, se propone desierta una de las dos becas de apoyo en tareas de gestión y servicios en el secretariado de Proyección Social e Igualdad.
Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad en el plazo de un mes desde su publicación, contado a partir del día siguiente al de esta notificación, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. Todo ello sin perjuicio de interponer cualquier otro que estime oportuno para la defensa de sus derechos.
DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE.
- Estar matriculados en una enseñanza oficial de la Universidad de Zaragoza de grado o demáster universitario.
Quienes debido al calendario de matrícula del curso 2021-2022 no hayan podido formalizar su matrícula en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes, deben aportar su compromiso de matrícula junto con su solicitud, según el modelo que se acompaña a la presente convocatoria.
- En el caso de estudiantes matriculados en estudios oficiales de grado, tener aprobado un número de créditos igual o superior a la cuarta parte de los que exija la titulación correspondiente en la fecha fin de plazo de presentación de solicitudes.
- No haber sido beneficiario de la misma beca de apoyo en convocatorias anteriores
- El periodo previsto de duración de la beca indicado en la Base 2, sumado al que el solicitante hubiera podido disfrutar previamente como becario de apoyo con otra beca, no podrá exceder en su totalidad de 24 meses.
El incumplimiento de estas condiciones será causa de exclusión del procedimiento de concesión.
Las actividades relacionadas con las becas se llevarán a cabo desde el 15 de septiembre de 2021 hasta el 14 de septiembre de 2022. Los candidatos seleccionados deberán mantener la condición de estudiantes en enseñanzas oficiales de la Universidad de Zaragoza durante todo el periodo de duración de la beca.
Este periodo podrá ser prorrogado por un máximo de un año, previa valoración positiva del desempeño del/de la becario/a por parte del/de la Director/a del Secretariado de Proyección Social e Igualdad del Vicerrectorado de Cultura y proyección Social. La prórroga exigirá ineludiblemente la continuación del plan de formación y que el/la beneficiario/a acredite el cumplimento de las condiciones académicas y de matrícula exigidas en la presente convocatoria. En todo caso, el periodo previsto de duración de la prórroga, sumado al que el/la estudiante hubiera disfrutado previamente como becario de apoyo —en esta beca o en otras becas de apoyo en la Universidad de Zaragoza—, no podrá exceder de 24 meses.
Cada beca supondrá una dedicación de 30 horas semanales.
El horario se distribuirá según las necesidades e indicaciones del/de la Director/a del Secretariado de Proyección Social e Igualdad, y previo acuerdo con los becarios seleccionados, en mañanas y/o tardes. En cualquier caso, y con la finalidad de que los/las becarios/as puedan compatibilizar sus horas de clase y de estudio con las de dedicación de la beca, el horario deberá ser flexible.
Base 4 Cuantía
Las becas tendrán una dotación de 600,00 € brutos mensuales. De este importe se descontará mensualmente desde la Sección de Nóminas y Seguridad Social de la Universidad la cuota del becario a la Seguridad Social y la retención por IRPF.
Los becarios deberán colaborar en el desarrollo de las actividades propias relacionadas con:
- Informar, fomentar y difundir las iniciativas docentes y de investigación desarrolladas en la Universidad de Zaragoza, relacionadas con la Responsabilidad Social Universitaria y su vinculación institucional y curricular.
- Apoyar y colaborar en la realización de la Memoria de Responsabilidad Social de la Universidad de Zaragoza
- Apoyar, fomentar y difundir las iniciativas de estudiantes y personal no docente de la comunidad universitaria en el marco de la solidaridad, la cooperación al desarrollo, la igualdad de género y la justicia social.
- Promoción de la igualdad de oportunidades de todas las personas que forman la comunidad universitaria: alumnado, profesorado y personal de administración y servicios.
- Facilitar la formación transversal en igualdad de oportunidades para toda la comunidad universitaria y la sensibilización en todos los sectores universitarios.
- Facilitar a los miembros de la comunidad universitaria, muy especialmente al estudiantado, actuar como voluntarios en programas propios o incorporarse a programas de otras organizaciones.
- Informar sobre acciones, cursos, programas de voluntariado realizados por las Universidades, otras instituciones y ONGs.
- Informar sobre acciones, cursos y otras iniciativas en materia de igualdad y, específicamente, de igualdad de género, realizados por las Universidades u otras instituciones.
- Recoger sugerencias y estudiar las necesidades de trabajo voluntario dentro del campus, y en función de ello organizar programas de voluntariado propios (apoyo a discapacitados, protección ambiental, etc.).
- Mantenimiento y actualización de la página de web del Secretariado, del Observatorio de Igualdad de Género y de sus redes sociales.
Los/las becarios/as seleccionados/as recibirán la formación que se detalla a continuación:
La formación estará relacionada con el conocimiento de la organización y funcionamiento de los ámbitos de actuación que son competencia del Secretariado de Proyección Social e Igualdad de la Universidad de Zaragoza, en el marco del Vicerrectorado de Cultura y Proyección Social, y que son los siguientes: voluntariado universitario, promoción de la igualdad de oportunidades de las personas que forman parte de la comunidad universitaria, campamentos de día y de montaña, responsabilidad social universitaria y políticas de igualdad.
a) Estructura del Secretariado y del Vicerrectorado
b) Organización
c) Funcionamiento y actividades generales
A tal efecto, les será asignado/a un/a tutor/a que será el/la Director/a del Secretariado de Proyección Social e Igualdad o el/la Técnico/a de dicho Secretariado en quien delegue.
A los/las becarios/as de apoyo les serán de aplicación los artículos 38 y 39 de la normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza.
Los/las beneficiarios/as gozarán del seguro escolar en los términos establecidos por la legislación vigente y del seguro de responsabilidad civil suscrito por la Universidad de Zaragoza para todo el estudiantado matriculado en enseñanzas oficiales. En el supuesto de que no estuvieran protegidos por el seguro escolar, suscribirán un seguro de accidentes en las condiciones mínimas que fije la universidad.
· Impreso de solicitud de beca normalizado, que será facilitado en https://politicasocial.unizar.es/
· Impreso de autorización para recabar datos de naturaleza tributaria debidamente firmado por los miembros de la unidad familiar [según modelo que se compaña a la convocatoria] y fotocopia del NIF de todos los componentes de la unidad familiar mayores de 14 años [*]
[*] Quienes no aporten esta documentación no serán valorados en el apartado de criterios económicos del baremo recogido en la base 11.
· En su caso, justificantes de los ingresos percibidos y no declarados fiscalmente
· Currículum Vitae en el que consten debidamente documentados los méritos que el/la estudiante desee aportar para su valoración por el órgano de selección, como, entre otros, cursos realizados, participación en actividades relacionadas con la beca, formación académica relacionada con la beca o experiencia en las tareas a desarrollar en la beca.
· Proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración [máximo dos folios].
· Compromiso de matrícula según modelo que se acompaña a la presente convocatoria (solo si procede)
El impreso de solicitud de beca, acompañado de la documentación descrita en la base anterior, se presentará preferentemente en el Registro General de la Universidad de Zaragoza, del 1 de junio al 14 de junio de 2021.
No obstante, y dentro del plazo indicado, la documentación anterior se podrá presentar en el registro general o en los registros auxiliares de la Universidad de Zaragoza, en el registro electrónico [sede.unizar.es] o por cualquiera de los procedimientos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
A. Nivel de conocimientos técnicos y adecuación al perfil de la beca 50%
o Formación y/o experiencia en materia de Responsabilidad Social Corporativa (15 puntos)
o Formación y/o experiencia en materia de género (15 puntos)
o Conocimiento a nivel de usuario de programas de maquetación (Adobe Indesign) (5 puntos)
o Conocimientos de ofimática, diseño gráfico y retoque fotográfico (5 puntos)
o Conocimiento de uso de redes sociales (5 puntos)
o Propuesta del proyecto de ideas sobre la gestión a realizar en la colaboración (5 Puntos)
- Asimismo, se valorará positivamente:
o Formación y/o experiencia en ONG´s, asociacionismo, colectivos universitarios
A efectos de comprobación, la comisión de valoración podrá establecer una prueba práctica y/o entrevista.
B. Expediente académico 45%
a. Titulaciones obtenidas, valorándose preferentemente titulaciones jurídicas y/o económicas
b. Titulaciones en proceso de realización, valorándose preferentemente titulaciones jurídicas y/o económicas
c. Inglés nivel B2 acreditado en adelante
d. Conocimiento acreditado de otros idiomas diferentes del inglés
C. Situación económica 5%
Las solicitudes serán valoradas por una comisión de valoración que estará formada por:
Miembros titulares:
Presidente: Dª Yolanda Polo Redondo
Vocales: Dª Sara Alcázar Ortiz, un representante del estudiantado en la comisión de selección de becarios/as del Ministerio.
Secretario: D. Emilio Perdices Villanueva
Miembros suplentes:
Presidente: Dª Victoria Bordonaba Juste
Vocales: Dª María García Soria, un representante de los estudiantes en la comisión de selección de becarios/as del Ministerio
Secretario: Dª María Diez Cruz, un representante de los estudiantes en la comisión de selección de becarios/as del Ministerio
Base 13 Tramitación
La comisión de valoración comprobará que los/las solicitantes reúnen los requisitos exigidos en esta convocatoria y que su documentación se ajusta a lo dispuesto en la misma para, en caso contrario, requerir al/a la interesado/a con el fin de que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Asimismo, podrá requerir de los/las interesados/as la información o, en su caso, la documentación complementaria que estime necesaria para el cumplimiento de su función evaluadora.
El 1 de julio de 2021, la comisión de valoración, una vez valoradas las solicitudes e inmediatamente antes de dictar resolución, hará pública a través del tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ] una propuesta de resolución, estableciendo prioridades, al objeto de que en el plazo de 10 días hábiles desde la fecha de la publicación, los interesados puedan presentar las alegaciones que estimen pertinentes.
La publicación de la propuesta de resolución en los tablones de anuncios indicados, servirá de notificación a los/las interesados/as.
Transcurrido el plazo de alegaciones descrito en la base anterior y a la vista de la documentación aportada, la comisión de valoración dictará resolución definitiva del procedimiento y ordenará su publicación en el tablón oficial electrónico de la Universidad de Zaragoza [e-TOUZ].La publicación de la resolución definitiva en el tablón de anuncios indicado servirá de notificación a los interesados.
La resolución dictada por el órgano de selección, podrá ser recurrida ante el Rector de la Universidaden el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Base 17 Designación y credencial de becario
El órgano convocante designará a los/las becarios a propuesta de la comisión de valoración. A los/las candidatos/as designados se les extenderá una credencial de becario/a y estos/as suscribirán un “Compromiso de Confidencialidad” con la Universidad de Zaragoza.
Base 18 Condición de estudiante durante la beca
Los/las becarios/as seleccionados/as deberán mantener su condición de estudiantes de la Universidad de Zaragoza, matriculados/as en una enseñanza oficial de grado o de máster universitario durante todo el periodo de duración de la beca y, en su caso, de la prórroga que se establezca. El incumplimiento de este requisito dará lugar a la extinción de la beca concedida.
Base 19 Relación jurídica
Las actividades realizadas por los/las becarios/as se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de apoyo tendrá efectos jurídicos-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Zaragoza.
Base 20 Derechos y obligaciones
Los derechos y obligaciones de los/las becarios/as se verificarán siempre como consecuencia y en el contexto de una relación jurídica de estricta naturaleza administrativa. En ningún caso el disfrute de la beca de apoyo tendrá efectos jurídicos-laborales entre el/la becario/a y la Universidad de Zaragoza.
Base 21 Incompatibilidades
Las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza tienen carácter complementario y por lo tanto son incompatibles con las concedidas por cualquier otro organismo público o privado para la misma finalidad, concepto y curso académico.
No se podrá percibir en un mismo curso académico más de una ayuda de la Universidad de Zaragoza. No obstante lo anterior, las becas de apoyo en tareas y de gestión y servicios son compatibles con las becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza descritas en los Capítulos III, IV y VI de la normativa, así como con las becas del Ministerio de Educación.
No se podrán compatibilizar dos becas de apoyo de forma simultánea, debiendo el/la estudiante optar por una de ellas.
Aquellas becas que tengan asignada la dedicación máxima establecida en el artículo 30 de la Normativa, en todo caso, serán incompatibles con cualquier actividad retribuida o ayuda económica que implique la obligación de cumplir un horario o tiempo de dedicación.
Para cualquier casuística sobre compatibilidad de la beca de apoyo no contemplada en los apartados anteriores, se solicitará el reconocimiento o autorización de compatibilidad al Vicerrectorado con competencia en materia de estudiantes, previamente al otorgamiento de la correspondiente credencial de becario/a.
Base 22 Seguridad Social
En el marco regulador del Real Decreto 1492/2011, de 24 de octubre por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social, los/las becarios/as seleccionados quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social. La acción protectora es la correspondiente al Régimen General de la Seguridad Social, con la única exclusión de la protección por desempleo.
Base 23 Calendario
TRÁMITE |
PLAZO |
Presentación de solicitudes |
Del 1 al 14 de junio de 2021 |
Publicación propuesta de resolución |
1 de julio de 2021 |
Plazo de alegaciones |
Del 2 al 15 de julio de 2021 |
Publicación resolución definitiva |
19 de julio de 2021 |
Incorporación |
15 de septiembre de 2021 |
Base 24 Protección de datos de carácter personal
Conforme a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal (Reglamento (UE) 2016/679, de 27 de abril), los datos personales indicados por los/las solicitantes en el formulario de solicitud pasarán a ser tratados, como responsable, por la Universidad de Zaragoza con la finalidad de tramitar la gestión académica y administrativa de sus estudiantes, así como su participación en actividades y servicios universitarios.
Los/las solicitantes pueden ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, limitación, oposición o portabilidad ante el Gerente de la Universidad de Zaragoza (Edificio Paraninfo 1.ª planta, Plaza de Basilio Paraíso nº 4, 50005- Zaragoza) señalando concretamente la causa de su solicitud y acompañando copia de su documento acreditativo de identidad. La solicitud podrá hacerse mediante escrito en formato papel o por medios electrónicos. En caso de no haber obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos, puede dirigirse a la Delegada de Protección de Datos de la Universidad (dpd@unizar.es Tfno. 876 55 30 13) o en reclamación a la Agencia Española de Protección de Datos a través de los formularios que esa entidad tiene habilitados al efecto y que son accesibles desde su página web: https://sedeagpd.gob.es
Puede consultarse toda la información al respecto en:
http://academico.unizar.es/sites/academico.unizar.es/files/archivos/vgacad/pdatos.pdf
La Universidad de Zaragoza cuenta con una página en la que incluye legislación, información y modelos a la que puede acceder desde el siguiente enlace: https://protecciondatos.unizar.es/
Base 25 Aceptación y autorización para la obtención de datos.
La presentación de la solicitud implica la aceptación de los términos establecidos en esta convocatoria y la autorización a la Universidad de Zaragoza para verificar en otras instituciones la veracidad de los datos que fueran necesarios.
Para lo no dispuesto en la Normativa general de becas y ayudas al estudio de la Universidad de Zaragoza y en la presente convocatoria, se aplicará con carácter subsidiario lo dispuesto en la Ley 38/2003, de Subvenciones y en el Real Decreto 1721/2007 por el que se establece el régimen de las becas y ayudas personalizadas
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